Como autor, coautor o escritor fantasma de más de sesenta libros, y como ex asesor de contratos de la Unión Nacional de Escritores:
1. La respuesta específica es que la preinscripción antes de enviar un trabajo para su consideración puede ser innecesaria en la mayoría de los casos. Sin embargo, cualquier prueba legítima de que creó una obra (como un sobre sin abrir que contiene el material y que se envió por correo con el acuse de recibo) debe ser suficiente como prueba de derechos de autor;
2. En caso de que alguien intente violar sus derechos, es posible que deba luchar en el tribunal.
3. Sin embargo, si se ha registrado formalmente en la Oficina de Patentes de los EE. UU., La ley impone la carga de la prueba al infractor y las sanciones por infracción son mucho más altas de lo que serían de otra manera.
4. Ningún agente o editor literario legítimo arriesgaría su reputación al publicar el trabajo de un autor sin un contrato que especifique los términos y la compensación. SIN EMBARGO, los cineastas roban ideas todos los días. Si un autor está preocupado por esta posibilidad, hay registros en línea que sirven a la industria cinematográfica que permiten a los escritores registrar sus trabajos para que, en caso de que surja una disputa, haya un registro al que consultar.
PD: No es posible proteger el título de una obra literaria.
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