¿Se requiere que un retransmisor obtenga una licencia de un canal de televisión cuando el canal es una obligación impuesta obligatoria?

El caso de TVCatchup en el Reino Unido presentó argumentos con respecto a la retransmisión sin permiso. Expuso que la definición de las redes a través de las cuales se entrega el contenido es significativa, la retransmisión a teléfonos móviles requirió permiso, pero a Internet se le permitió a los canales de servicio público. Sin embargo, creo que también hay una cuestión de derechos de autor y marcas registradas que los organismos de radiodifusión pueden usar como parte de un argumento legal.

Fundamentalmente, en mi conversación con los organismos de radiodifusión, solo ponen a los abogados en las empresas cuando arriesgan o dañan su modelo comercial o marca. La amenaza más común es cuando una empresa inserta su propia publicidad para pagar un servicio que tiene el potencial de impactar el modelo publicitario propio de los canales, ya sea restando valor a la publicidad tradicional o asociando anuncios / productos con el canal / contenido sin permiso.

En mi opinión, no se requiere licencia cuando la retransmisión es prescrita por un estatuto. Dicha ley suele ser una ‘lex specialis’ y anulará una ley sobre derechos de autor que, en términos generales, podría prescribir la obtención de una licencia con fines de retransmisión.